Legislación de la generación de los residuos y economía circular comunitaria

En las reflexiones anexas destinadas a contribuir al proceso de reformas de la legislación vigente en materia de prevención y gestión integral de los residuos, someto a consideración definiciones de Economía circular/Economía circular comunitaria/Economía de la conservación, encaminadas a promover la adopción de medidas que contribuyan a incrementar la resiliencia ante el cambio climático a nivel local y regional y la proteccion de nuestra biodiversidad y sus servicios ambientales.

Tomando como base la recién expedida Ley de Prevención, Gestión Integral y Economía Circular del Estado de Quintana Roo y la iniciativa de Ley del mismo nombre para el Estado de Querétaro, insisto en poner de relieve que ambas debieran mantener la intención de la Ley General en la materia, de inducir a los generadores/productores de los materiales y productos que al desecharse se convierten en residuos a evitar la generación de éstos, así como a prolongar la vida, reparar, rediseñar, remanufacturar, reutilizar y reciclar los productos post consumo, cerrando el ciclo de los materiales que los componen.

Para ello se debe cuidar la consistencia y pertinencia de las definiciones y articulado interrelacionado de las leyes, desde las disposiciones generales hasta los artículos transitorios, para evitar discrepancias y retrocesos.

Bienvenidas sus opiniones al respecto y su apoyo para difundir el documento anexo.

 

Cristina Cortinas

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